mt.aux@mextax.com.mx
(984) 803-5509

México ha sido el sueño de los inversionistas inmobiliarios durante años y con la llegada de las plataformas de hospedaje como Airbnb, los propietarios e inversionistas han podido obtener importantes rendimientos en sus inversiones, en los destinos turísticos de playa más populares de México como; Tulum, Playa del Carmen, Los Cabos y Puerto Vallarta. Sin embargo, durante años, no existían leyes que garantizaran el pago de impuestos por los ingresos obtenidos en las plataformas de alojamiento.

Todo esto cambió con las nuevas leyes fiscales que entraron en vigor en junio de 2020. Las plataformas de hospedaje como Airbnb ahora están obligadas por ley, a cobrar impuestos a cualquier anfitrión que no proporcione su identificación fiscal mexicana conocida como RFC (Registro Federal de Contribuyentes).

¿Cuáles son las implicaciones fiscales de no registrar mi RFC?

Si no has registrado tu RFC, tus plataformas de hospedaje están obligadas a retener:

  • 20% de Impuesto Sobre la Renta (ISR)
  • 16% de Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Además, no podrá deducir los gastos relacionados con el servicio de alojamiento.

Sin embargo, si has registrado tu RFC, en el caso de Airbnb, se retendrá una parte de tus ingresos y se pagarán al SAT como anticipo de tus impuestos, por lo que los porcentajes retenidos serán:

  • 4% Impuesto sobre la renta
  • 8% Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Sin embargo, es importante recordar que se trata de un pago de impuestos provisional y que es posible que tenga que pagar impuestos adicionales. El impuesto sobre la renta en México es progresivo en función de los ingresos y puede variar entre el 1,92% al 35%. Las retenciones realizadas por Airbnb se restan del total del impuesto calculado. Además, podrá deducir los gastos relacionados con la actividad comercial de su propiedad de alquiler, lo que significa que las retenciones se basarán en la ganancia y no en sus ingresos totales.

En algunos casos, puedes optar por considerar la retención inicial como un pago final de impuestos, pero esto sólo aplica si tus ingresos generados a través de plataformas digitales no superan los $300,000 pesos al año. Además, no tienes que presentar una declaración de impuestos.

No tengo un RFC. ¿Cómo puedo obtener uno?

Si eres extranjero y cuentas con residencia temporal o permanente, tendrás que darte de alta como contribuyente ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria). Deberás hacer una cita en la oficina del SAT más cercana. Si no cuentas con ese estatus deberás iniciar un proceso migratorio para obtener laresidencia temporal o permanente, con la cual podrás obtener el número de identificación (CURP) y con esto tu RFC.

¿Sólo tengo que inscribir mi RFC?

No, deberás presentar los impuestos mensual y anualmente de acuerdo con el calendario señalado por el SAT. Si gestionas tu propiedad por tu cuenta, podrás deducir los gastos permitiendo que sólo tributes por tus ganancias y no por el total de los ingresos.

Sin embargo, si elige la opción de trabajar con una empresa de administración de propiedades, evitará la necesidad de obtener la residencia y registrarse con las autoridades fiscales en México. Recuerde que esto no le exime de presentar declaraciones de impuestos en su propio país.

¿Cómo registro mi RFC en mi plataforma de hospedaje?

Cada plataforma de alojamiento es diferente. Sin embargo, cuando estés conectado como anfitrión, deberías poder actualizar la información de tu contribuyente en la configuración de tu cuenta. Recuerda que, si estás tramitando tu RFC con el SAT por primera vez, en el caso de Airbnb debes dejar pasar 72 horas para que lo registres y pueda ser validado.

Para más información, ponte en contacto con Mextax. Nuestro experimentado equipo te ayudará a entender el sistema fiscal en México y le proporcionará información precisa y confiable para ayudarle a tomar decisiones financieras.